Nuevo Registro de Empresas Alimentarias de Comercio al por Menor

Nuevo Registro de Empresas Alimentarias de Comercio al por Menor

Nuevo Registro Sanitario para comercios alimentarios en Madrid: qué cambia y a quién afecta en 2026

La Comunidad de Madrid ha aprobado el nuevo Decreto 26/2026, por el que se crea el Registro de Empresas Alimentarias de Comercio al por Menor de Productos Alimenticios.

Este cambio afecta a muchos negocios alimentarios de Madrid, especialmente a pequeños comercios, bares, obradores y establecimientos minoristas que hasta ahora no estaban inscritos en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA).

¿Qué es el nuevo Registro de Empresas Alimentarias de Comercio al por Menor?

Se trata de un registro autonómico obligatorio para establecimientos alimentarios minoristas ubicados en la Comunidad de Madrid.

Su objetivo es:

Facilitar el control sanitario oficial

Mejorar la seguridad alimentaria

Tener un censo actualizado de empresas alimentarias

Proteger la salud de consumidores y usuarios

¿Qué negocios tienen que inscribirse?

El decreto afecta a establecimientos minoristas alimentarios como:

Tiendas de alimentación
  • Carnicerías
  • Pescaderías
  • Fruterías
  • Panaderías
  • Pastelerías
  • Tiendas de comidas preparadas
  • Supermercados
  • Tiendas de bebidas
  • Herbolarios
  • Bares
  • Cafeterías
  • Restaurantes
  • Discotecas
  • Colectividades
  • Comedores escolares
  • Residencias
  • Cocinas hospitalarias
  • Puestos ambulantes
  • Mercadillos
  • Food trucks
  • Viviendas privadas donde se elaboren alimentos para vender

¿Quién NO tiene que inscribirse?

Producción primaria

Las empresas que desempeñen su actividad únicamente en la producción primaria y
operaciones conexas, conforme a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.o 852/2004
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, y el Reglamento (CE)
n.o 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el
que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

 Las empresas y establecimientos sujetos a inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (en adelante RGSEAA).

 Las explotaciones en las que se realice venta directa de productos primarios y los
lugares donde se lleven a cabo operaciones de manipulación, preparación, almacenamiento y suministro ocasional de alimentos por particulares en acontecimientos tales como celebraciones religiosas, escolares, benéficas o municipales.

¿Cómo se realiza la inscripción?

La inscripción se hará mediante:

  • Comunicación
  • Declaración responsable (en viviendas privadas)

¿Qué datos habrá que aportar?

  • Nombre o razón social
  • Dirección
  • Teléfono y email
  • Actividad desarrollada
  • Dirección del establecimiento

En el caso de viviendas privadas también se exigirá:

  • Plano de la vivienda
  • Horarios
  • Productos elaborados
  • Compromiso de someterse a controles oficiales

Importante: la inscripción no sustituye el cumplimiento sanitario

Aunque se realice la comunicación o declaración responsable, el negocio seguirá siendo responsable de cumplir toda la normativa de higiene y seguridad alimentaria.

Además, Sanidad podrá realizar controles oficiales e inspecciones.

¿Necesitas ayuda para adaptar tu negocio alimentario?

Si tienes un comercio alimentario en Madrid y no sabes si debes inscribirte o cómo hacerlo, puedemos ayudarte con:

  • Registro sanitario
  • Planes de higiene y APPCC
  • Etiquetado
  • Formación de manipuladores
  • Asesoramiento en seguridad alimentaria